*En convenio (que no pasó por Cabildo) firmado por el alcalde, José Gómez Pérez, la Síndico, Mónica Saldaña y por FONATUR el delegado del CIP Nayarit, Francisco José Méndez Vargas, apelan al artículo 16 de la Ley de Hacienda Municipal para Nayarit para que FONATUR no pague predial ni por solidaridad como lo establece el artículo 17 de la misma Ley…
Por Paty Aguilar
Por supuesto no se sabe hasta qué punto afecta a las finanzas municipal el hecho de que el alcalde de Bahía de Banderas, José Gómez Pérez y la Síndico, Mónica Saldaña, hayan firmado convenio (a espaldas del Cabildo) con el FONATUR para que este fideicomiso, que su fideicomitente es la SHCP y el banco fiduciario es NAFIN y que tiene a su cargo comercializar predios del CIP Litibú en la comunidad Higuera Blanca para su desarrollo turístico, no pague predial.
En dicho convenio el “Municipio” declara estos predios como bienes nacionales, por lo que se deduce que muy probablemente se está ante la figura de evasión fiscal al dejar de pagar FONATUR fuertes cantidades de dinero por concepto de impuesto predial a través de este convenio que se puede considerar ilegal, al margen de la responsabilidad incurrida por los funcionarios públicos, tanto municipales como federal, según supone, el ex tesorero municipal de Bahía de Banderas, contador público y abogado, Tacho Zaragoza, quien asegura que este Fideicomiso si está obligado a pagar dicho impuesto al Municipio, dado que el convenio es improcedente.
En este convenio, se amparan en el artículo 16 de la Ley de Hacienda Municipal para el estado de Nayarit que establece “No es objeto del impuesto predial la propiedad o posesión de predios que corresponden a la Federación, al Estado o los Municipios siempre que sean explotados directamente por ellos”.
Como contexto, de fuente fidedigna, se sabe que el FIBBA, en su momento, pasó los terrenos a FONATUR por un adeudo de ISR que tuvo con la SHCP, es decir, por pago de este impuesto. Además, se trata de tierras expropiadas para desarrollar turísticamente la zona y que pertenecen al municipio de Bahía de Banderas, no a la federación como erróneamente, con el artículo 16 antes mencionado, lo interpreta el alcalde, José Gómez y síndico municipal, Mónica Selene Saldaña.
Según explica el ex tesorero municipal, Tacho Zaragoza, a manera de ejemplo para demostrar que la federación no está explotando estos predios, señala “Únicamente están exento de pago todos aquellos terrenos, espacios y edificios que sean de utilidad pública. Por ejemplo, la CFE no paga predial por sus subestaciones pero si por sus oficinas administrativas. El IMSS no paga predial por las clínicas pero si por sus oficinas administrativas. En el caso de ellos (FONATUR) los terrenos son meramente especulativos, el mismo objeto de este Fideicomiso, lo dice, son parte de un inventario para ser vendidos al mejor postor, y en este mismo sentido, incluso, el FIBBA paga predial, ambos son fideicomisos que tienen el mismo fin” señaló.
En este sentido, comenta que el siguiente artículo, el 17 de la misma Ley, sobre quienes son sujetos de este impuesto, es decir, que deben pagar predial, claramente lo especifica la fracción III, que establece “Los fideicomitentes mientras sean poseedores del predio objeto del fideicomiso, los fideicomisarios que estén en posesión del predio, aun cuando todavía no se les trasmita la propiedad en cumplimiento del fideicomiso y los usufructuarios.” Y la fracción VII, señala que tienen responsabilidad solidaria: c) Las instituciones fiduciarias en los casos de la fracción III de este artículo.”
Se trata pues, según la interpretación del ex tesorero municipal, Tacho Zaragoza, de un convenio improcedente que pudiera estar causando daño económico al Municipio en el cual el propio Alcalde y síndico, declaran como bienes nacionales los predios del CIP Litibú cuando estos son terrenos que pertenecen al Municipio y no a la federación.