• Este martes 8 de agosto 2012 venció el término constitucional para que el Juez penal de Bucerías, Rodrigo Benítez Pérez, libere o dicte auto de formal prisión a presunto violador de menor. Se trata de Clemente Hernández Hernández, y pesan sobre él dos denuncias interpuestas desde el 2006 por violación sexual de un menor y la otra por atentados al pudor también contra un menor
Por Paty Aguilar
Hace 6 días, la policía investigadora de Nayarit, ejecutó una orden de aprehensión en contra de Clemente Hernández Hernández, acusado de los delitos de violación sexual y atentado al pudor contra dos menores de edad, dos denuncias que se interpusieron con fecha 16 de mayo y 14 junio del 2006 bajo los expedientes 143 y 170 respectivamente. Debido a que cuando se cometió el delito por atentados al pudor en Nayarit no era grave y las reformas a la ley no son retroactivas, hay temor en una de las madres denunciantes de que dicho sujeto pueda ser liberado.
Y es que con fecha del mes de mayo 2012, el Congreso Local de Nayarit, aprobó reformas a la Ley Penal de Nayarit que entre otros, agravan este delito, es por ello el temor de las madres denunciantes de que pueda ser liberado sin pasar por un juicio. Entrevistado al respecto, el juez penal de Bucerías, Rodrigo Benítez Pérez, dijo no estar en condiciones de dar a conocer su decisión en relación a dictar de formal prisión o la liberación del individuo, dado que el término constitucional vencía hasta las nueve de la noche de este 7 de agosto 2012, luego de que la defensa pidió la ampliación del plazo constitucional, luego de ser detenido hace 6 días.
Rodrigo Benítez Pérez, juez penal de Bucerías, entrevistado al respecto señaló “Hace aproximadamente 6 días se detuvo a la persona, se le internó en la cárcel de Bucerías y hasta ahorita se le tomó la declaración preparatoria y estamos a unas horas de dictar el auto de término constitucional y hasta mañana se estará en la posibilidad de comunicarle a la opinión pública y a los medios, cual va a ser la determinación para efecto de que se conozca las razones de tal decisión, siempre buscando el apego a la justicia protegiendo los derechos de la víctima” garantizó.
En este mismo sentido comentó “Tenemos a un imputado por el delito de violación y su término constitucional se vence hoy a las nueve de la noche. La orden de aprehensión ya data del 2006, la ejecución de los mandamientos judiciales no corresponde al poder judicial del estado, sino que una vez que se libran las órdenes de aprehensión, estos asuntos se suspenden del trámite judicial y su ejecución le toca a la Procuraduría General de Justicia y a las policías y hasta que ellos nos ponen a disposición al imputado, ya interno en una cárcel es que se reactiva el expediente y ya comienza el juicio propiamente”
Y finalmente reiteró “En efecto, a partir de que tenemos a disposición un detenido, hay en principio un término de tres días para tomarle su declaración preparatoria y decidir si lo vamos a llevar a juicio o no. Pero a petición de la defensa, ese término se puede ampliar hasta otras 72 horas, que es este caso particular” concluyó.