De la Barreda pide ajustes en ley contra tortura para evitar abusos

*Plantea cambios en siete artículos; las fallas pueden generar penas absurdas, «Es desigual. Luis de la Barreda apuntó la desiguldad de la ley, por cuestiones migratorias o de raza», comentó Luis de la Barrera…

CIUDAD DE MÉXICO.- Para evitar “actuaciones arbitrarias, abusos e injusticias descomunales”, es necesario hacer ajustes al proyecto de Ley General Contra la Tortura, que revisa la Cámara de Diputados.

Así lo señaló el Programa Universitario de Derechos Humanos de la Universidad Nacional Autónoma de México (PUDH-UNAM), que dirige Luis de la Barreda Solórzano.

Dijo que si bien el proyecto tiene “considerables aciertos”, es indispensable hacerle modificaciones a siete artículos (14, 24, 26, 27, 36, 50 y 60), que tienen una redacción poco clara, definiciones erróneas o penas excesivas.

Aseguró que estas fallas pueden generar despropósitos penas absurdas, injustas e irrazonables. Puso como ejemplo el segundo párrafo del artículo 14 que establece que se entenderá por “tentativa punible del delito de tortura” cuando el sujeto activo hubiese iniciado su ejecución sin que ésta se hubiese consumado. “La definición es errónea: si el sujeto ya inició la ejecución, ya no se trata de tentativa, sino que la tortura, por breve que sea, ya estará consumada”, dijo el PUDH-UNAM.

En la fracción I del artículo 24, que dice que comete el delito de tortura el servidor público que cause dolor o sufrimiento físico o psíquico a una persona, “se omite calificar como grave el dolor o sufrimiento físico o psíquico que caracteriza a la tortura”, dijo.

Con ello se puede dar lugar a “absurdos e injusticias descomunales”, pues causar dolores o sufrimientos leves “es un comportamiento indebido”, que puede constituir un delito de abuso de poder o de lesiones, “pero resulta absurdo considerarla como tortura”.

Propuso crear, en cada una de las instalaciones de los cuerpos policiales y de procuradurías o fiscalías, una oficina de combate a la tortura, además de un instituto autónomo de servicios periciales.

Así como obligar a videograbar todos los operativos de detención mediante cámaras instaladas en el uniforme de policías y personal ministerial y garantizar la instalación de cámaras de seguridad en todos los lugares de contacto o entre servidores públicos y detenidos, presentados o testigos.