Avanza en Senado nueva Ley Federal de Transparencia

*Define castigos a infractores; sindicatos serán más abiertos; publicarán lista de empresas que intervengan comunicaciones…

CIUDAD DE MÉXICO.

Con el voto mayoritario de comisiones unidas, el Senado avanzó en la creación de la Ley Federal de Transparencia, que castiga con una multa máxima de 105 mil pesos a los funcionarios públicos, sindicalistas, consejeros electorales, militantes partidistas, legisladores, ministros y magistrados que nieguen información a los ciudadanos, a pesar de existir, o que alteren los reportes que entregan.

Ayer, el pleno del Senado conoció en primera lectura el dictamen de esta nueva Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, con la cual se pondrá en operación la reforma constitucional en todo lo que compete a las instancias federales, los órganos autónomos y los sindicatos que reciben dinero de órganos de Estado, como los petroleros y los maestros.

Este nuevo instrumento, programado para discutirse y aprobarse este jueves en el pleno, a fin de enviarlo a la Cámara de Diputados, establece como pena máxima una multa equivalente a mil 500 salarios mínimos, que en el valor actual implican 105 mil 150 pesos, para quien incurra en alguna de las ocho conductas irregulares.

Se trata de “declarar con dolo o negligencia la inexistencia de información cuando el sujeto obligado deba generarla, derivado del ejercicio de sus facultades, competencias o funciones; declarar la inexistencia de la información cuando exista total o parcialmente en sus archivos; no documentar con dolo o negligencia, el ejercicio de sus facultades, competencias, funciones o actos de austeridad, de conformidad con la normatividad aplicable”.

Proceso

También por denegar “intencionalmente información que no se encuentre clasificada como reservada o confidencial; clasificar como reservada, con dolo o negligencia, la información sin que se cumplan las características señaladas en la ley. La sanción procederá cuando exista una resolución previa del instituto, que haya quedado firme.

“No desclasificar la información como reservada cuando los motivos que le dieron origen ya no existan o haya fenecido el plazo, cuando el instituto determine que existe una causa de interés público que persiste o no se solicite la prórroga al Comité de Transparencia. No atender los requerimientos establecidos en la presente Ley o emitidos por el instituto y no acatar las resoluciones emitidas por el instituto, en ejercicio de sus funciones”, añade.

También advierte que ninguna de estas sanciones se podrá pagar con recursos públicos, es decir, tendrán que ser los bolsillos de los sujetos obligados los que cubran estas multas.

Las comisiones unidas de anticorrupción, que preside Pablo Escudero; de Gobernación, Cristina Díaz, y de Estudios Legislativos Segunda, de Alejandro Encinas, celebraron los acuerdos alcanzados, aunque algunos senadores del PAN y el PRD adelantaron que buscarán mejorar la redacción en algunos aspectos, como el energético, para que se cumplan con las obligaciones de transparencia.

Esta nueva Ley obliga al gobierno federal a publicar el listado de las empresas autorizadas para la intervención de comunicaciones privadas y la geolocalización de equipos de comunicación.

Las autoridades de seguridad estarán obligadas a informar el “listado de solicitudes a las empresas concesionarias de telecomunicaciones y proveedores de servicios o aplicaciones de internet para la intervención de comunicaciones privadas, el acceso al registro de comunicaciones y la localización geográfica en tiempo real de equipos de comunicación, que contenga exclusivamente el objeto, el alcance temporal y los fundamentos legales del requerimiento, así como, en su caso, la mención de que cuenta con la autorización judicial correspondiente”.

Autorizaciones

A la Secretaría de Relaciones Exteriores, dispone el proyecto de dictamen, tendrá entre sus obligaciones de transparencia dar a conocer la lista de autorizaciones concedidas a extranjeros y a empresas mexicanas con participación extranjera para la adquisición de tierras y aguas, así como las concesiones y contratos para intervenir en la explotación de recursos naturales y de los permisos para adquirir bienes inmuebles o derechos sobre ellos.

El senador perredista Alejandro Encinas afirmó que entre los criterios fundamentales que se siguieron en todo el proceso de discusión está que en ningún momento el dictamen debería estar por debajo de lo establecido en Ley General.