- El subdirector de tránsito municipal, Gustavo Ulloa considera que las tiendas departamentales y negocios de venta de motocicletas incurren en un procedimiento irregular al entregar las unidades, sin placa y tarjeta de circulación.
Por Mauricio Lira Camacho
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El subdirector de tránsito municipal, Gustavo Ulloa considera que las tiendas departamentales y negocios de venta de motocicletas incurren en un procedimiento irregular al entregar las unidades, sin placa y tarjeta de circulación.
Aún más, sin algún documento que avale quien hará el trámite en menos de cinco días si la empresa o el adquiriente.
Esta situación es grave, pues los elementos de tránsito municipal, detienen a todo aquel o aquella motociclista que circule sin placa alguna.
El fenómeno que se está presentando es que estas personas ante la falta de placa, y que el elemento los infracciona, explican que en determinada tienda departamental o de venta de motos, les dicen no hay ningún problema, que poseen todo un mes para el trámite, pero no lo sustentan bajo ningún documento o en coordinación con alguna dependencia estatal o federal.
En entrevista con este medio, Ulloa, dijo de entrada que la ley de vialidad y tránsito del estado es muy clara, que todo vehículo para poder circular debe contar con una placa y el conductor para que acredite el permiso y que está capacitado para conducir debe portar con una licencia.
Explicó que, en esas tiendas departamentales y de expendio de motos y de vehículos motorizados les informan a los compradores, que cuentan con 30 días para que circulen sin placas, lo cual, dijo Ulloa es falso.
No hay ningún convenio, “ni lo va a haber”, en un momento en que un vehículo circule sin placa, será detenido.
Cuando ya haya trámite de colocar placas y este sea retrasado por alguna razón, entonces surge la opción de un permiso especial otorgado por la subdirección de tránsito, que puede ser mínimo 3 o máximo 30 días para que circule sin placas.
Por su parte, Ricardo Lancaster, titular de la Procuraduría Federal del Consumidor, PROFECO, recomendó a los adquirientes, se fijen bien en el contrato de compra venta de la motocicleta, pues ahí se debe estipular quien debe hacer el trámite de solicitar placas.
O es la empresa que vende la unidad o de quien la compra, de lo contario se estaría violentando una norma como en toda transacción comercial.
Dijo que es muy fácil, como ocurre en las agencias de venta de vehículos, las unidades no son entregadas en tanto, no se hayan hecho por parte de la empresa el trámite de placas y tarjeta de circulación ante la autoridad correspondiente.