- Humberto Muñoz Vargas, aclara no ha habido un solo acercamiento del ayuntamiento, para ver lo del cobro por contribución especial
- Ni Salvador González o la tesorera, Martha Alicia Peña, Fernando Castro Rubio, síndico o Humberto Espinosa de los Monteros, han tenido comunicación con Seapal, para tratar este asunto.
Por Mauricio Lira Camacho
NOTICIASPV
Humberto Muñoz Vargas, aclara no ha habido un solo acercamiento del ayuntamiento, para ver lo del cobro por contribución especial
Ni Salvador González o la tesorera, Martha Alicia Peña, Fernando Castro Rubio, síndico o Humberto Espinosa de los Monteros, han tenido comunicación con Seapal, para tratar este asunto.
El alcalde lo presentó directamente ante el congreso del estado, sin el conocimiento de las autoridades de la paraestatal.
Pero como no fue publicado, el director de Seapal, garantiza tranquilidad a los usuarios, no hay cobro por contribución especial.
Este cobro no lo hará Seapal, por las razones expuestas, de una iniciativa mal fundamentada y redactada por parte del ayuntamiento de Puerto Vallarta.
No hay elementos para cobrar, dijo Humberto Muñoz Vargas, director de Seapal en rueda de prensa con los medios de comunicación.
Estos errores permiten que no se cobre la contribución especial a los usuarios de Seapal.
Se espera que para el 2011, esta medida no prospere, “si leemos con calma veremos que en ningún momento a quienes y razones se les cobrará, se mencionan aspectos muy generales, no hay claridad”.
Dijo Humberto Muñoz que esta iniciativa fue la que presentó el ayuntamiento de Puerto Vallarta que preside Salvador González, “fue aprobado por el pleno sin conocimiento de Seapal, nosotros nos dimos cuenta a la hora que se publicó en el congreso del estado , hubo coipas en su oportunidad lo hicimos saber a los diputados integrantes de la comisión de hacienda, a quienes se les dijo era improcedente, no modificaron redacción de este decreto”.
Decreto no Publicado
Título Tercero
De las contribuciones especiales
Capítulo Único
De las contribuciones especiales
Artículo 45.- El municipio por conducto de sistema de los servicios de agua potable, drenaje y alcantarillado de Puerto Vallarta, percibirá las contribuciones especiales establecidas o que se establezcan sobre el incremento del valor y de mejoría específica de la propiedad raíz, por la realización de obras o servicios públicos en los términos de las leyes urbanísticas aplicables, según decreto que al respecto expida el congreso del estado.
1.- Las contribuciones en mejoras por obras de infraestructura básica, obras de urbanización y equipamiento mismo que será a cargo de personas físicas y jurídicas que sean propietarios o poseedores de bienes muebles e inmuebles por cualquier título y que les beneficien de manera directa e indirecta.
Lo anterior conforme las tablas y rubros que se señalan:
1) Habitacional.
Consumo m3 de agua potable mensual Costo fijo mensual
0 al 20 Exento
21 al 25 10 pesos
26 al 30 11 pesos
31 al 35 12 pesos
36 al 40 13 pesos
41 al 45 14 pesos
46 al 50 15 pesos
51 al 55 16 pesos
56 al 60 17 pesos
61 al 65 18 pesos
66 al 70 19 pesos
71 al 75 20 pesos
76 al 80 21 pesos
81 al 85 22 pesos
86 al 90 23 pesos
91 al 95 24 pesos
96 al 100 25 pesos
101 al 105 26 pesos
106 al 110 27 pesos
111 al 115 28 pesos
116 al 120 29 pesos
121 al 125 30 pesos
126 al 130 31 pesos
131 al 135 32 pesos
136 al 140 33 pesos
141 al 145 34 pesos
146 al 150 35 pesos