*La observación a este Reglamento de Carnicerías de Bahía de Banderas, la hace una empresaria en pequeño que día a día, lucha por salir adelante ante la competencia desproporcionada de grandes tiendas que se instalan como hongos dentro de las comunidades, como SORIANA, AURRERA y los OXXOS…
Por Paty Aguilar
Una empresaria en pequeño de Bahía de Banderas, Nayarit, hace algunas observaciones al nuevo Reglamento de Carnicerías y Similares para el Municipio de Bahía de Banderas, que fue propuesto por el alcalde, José Gómez Pérez, el cual fue aprobado por Cabildo, con el voto en contra del regidor, Ismael Duñalds ventura y publicado en el periódico Oficial de Nayarit, con fecha 16 de marzo 2016.
De entrada, la comerciante, propietaria de una tienda de abarrotes, comentó “Yo siempre he sido partidaria de apoyarnos unos a otros como pequeños empresarios. Se lo que cuesta levantar un negocio y mantenerlo a pesar de estos tiempos difíciles y tengo claro que debemos unirnos ya que las grandes cadenas de tiendas nos invaden. Ya no son solamente estas, son los OXXOS en cada calle, son las tiendas AURRERA en cada colonia, lo que nos está pegando. Avanzan desmedidamente en nuestra región y es muy difícil competir.”
Desde hace un buen tiempo, dijo “cuando empecé, la gente me pedía que vendiera carne y pollo. Busque proveedores en San Juan de Abajo, San José y Valle de Banderas. Tenía que limpiar la carne, filetearla, aplanarla, para que estuviera como a mí me gusta.
Este fue un trabajo duro y durante aproximadamente 4 años y gracias a esto me gane mi clientela hasta que llegaron los señores de SU KARNE.” (Empresa distribuidora de cárnicos y subproductos que ahora abastece a varios comercios, así como pequeños súper mercados y tiendas de abarrotes).
En relación a las observaciones que hace sobre este Reglamento Municipal que pretende regular la venta de cárnicos y subproductos, la señora, comenta que el mismo pretende fijar precios, lo que considera está bien, pero luego se pregunta ¿Quién fijará esos precios, dónde están establecidos? Porque eso no lo establece el Reglamento, acota. También pretende este Reglamento, dijo, fijar horario para vender carne y sus subproductos, pero no los publican, lo que considera fuera de lugar, ya que no se trata de bebidas embriagantes, sino de alimentos de primera necesidad que deben estar sujetos a horarios normales de venta.
“Nos exige que si no somos carnicería solicitemos permiso para vender carne para lo cual te piden que modifiques en hacienda el giro, pasa. Pero te pide para esto, el visto bueno de la Unión de Tablajeros. Y un día le pregunte al secretario (del Ayuntamiento) que procedía para obtener el visto bueno y me contesto que me saldría aproximadamente en 10 mil pesos.”
“Te prohíbe este Reglamento que no vendas carne si no viene del rastro municipal Pregunto ¿Se lo van a aplicar a SORIANA, WALMART, COMERCIAL MEXICANA, LEY, CARNICERIAS, EL GRANJERO?”
Luego añade “Saben perfectamente que no tienen la capacidad (Rastro Municipal), semanas atrás se les descompuso en el rastro una máquina que les ayudaba a levantar la carne y entonces los muchachos tenían que arrastrar la carne y ¿a ellos quien los inspecciona para que tengan condiciones higiénicas en los rastros?” pregunta.
El artículo 23, dice que la carne debe venir del rastro municipal y deberá contar con el registro de sanidad animal y ya luego en el artículo 45 dice que no venga del rastro y que no contenga el registro de sanidad. Quiero pensar que esta indicación es opcional. Pero luego, el artículo 24, establece que si no proviene del rastro deberá acreditar que se pagó por la introducción.
El artículo 6, incluye carnes y subproductos y se entiende como subproducto la carne procesada, preparada por el carnicero, adobada, chicharrón, etc. Y dice el artículo 7.- Los productos a que se refiere el precepto anterior, se consideran de primera necesidad y se venderán a los precios autorizados. La autoridad municipal dentro del ámbito de su competencia, colaborará con la autoridad federal vigilando que se cumplan las disposiciones legales en materia de precios, pesas y medidas, normas sanitarias y demás que deben observar los negocios de expendios de carne. ¿Precios? Si cada tienda o carnicerías, tienen precios diferentes. ¿Cómo regularán esto, con base en qué autorización y de quién? Se pregunta la comerciante.
Y en el artículo 42 se establece “No se permitirán expendios, carnicerías e industrias de cárnicos y sus derivados en los locales que no reúnan las normas mínimas de seguridad e higiene, prohibiéndose la venta al público de los productos que no procedan del Rastro Municipal o de los mataderos particulares no autorizados por el Ayuntamiento.” ¿Cómo? Se supone que estos mataderos no deben de existir, señala.
Así mismo, en los establecimientos objeto de este reglamento, se prohíbe: I.- Vender a puerta cerrada. II.- Aplicar anilina o colorantes a la carne. III.- Inyectar agua o líquido a la carne. IV.- Sacrificar ganado. V.- Almacenar desperdicios. VI.- Elaborar subproductos, al menos que cuenten con la autorización respectiva.
En este punto la comerciante señala “Se prohíbe elaborar subproductos al menos que cuenten con la autorización respectiva. Pregunto ¿a quién hay que pedirle ahora permiso para elaborar milanesa natural y/o empanizarla?”
Luego hace preguntas al final de cada uno de los siguientes artículos. Artículo 45.- Se prohíbe a todos los establecimientos la comercialización de todo tipo de carnes que no provengan del Rastro municipal y que no contengan el registro de sanidad animal.
¿Y las carnes de las tiendas departamentales y distribuidoras? ¿Las van a clausurar? Artículo 46.- Se prohíben las ventas al menudeo de productos cárnicos en los rastros y establecimientos que funcionen como distribuidores. ¿Clausurarán a distribuidores como Su Karne que abastece a pequeños comerciantes? Artículo 51.- Queda prohibido a los operadores de expendios la venta de productos objeto del presente reglamento a precios no autorizados. ¿Cuáles son esos precios autorizados?
Se trata pues de inquietudes que preocupan a esta comerciante, ya que considera es un Reglamento Municipal que se hizo a modo, el cual de aplicarse, perjudicaría directamente a comerciantes como ella que venden carne y subproductos en tiendas de abarrotes o pequeños supermercados y que claramente, está enfocado a beneficiar a las carnicerías que otrora distribuían carne a estos establecimientos, pero con la llegada de empresas distribuidoras y tiendas grandes departamentales, pues sus ventas bajaron significativamente, pero eso, dijo la comerciante “no es nuestra culpa, sino del propio municipio que les dio entrada, les dio autorización para instalarse aquí”.
Finalmente, se sabe que este Reglamento aunque ya está publicado, ya entró en vigor, hasta la fecha todavía no se ha aplicado. Se sabe también que hay una organización de tablajeros que no están conformes con este Reglamento y que solo están esperando que se empiece a aplicar para buscar amparos contra el Ayuntamiento de Bahía de Banderas, porque se consideran se trata de un Reglamento ventajoso, leonino, abusivo y aprovechado.