*Incluso los golpes leves a los niños conducen al bullying, considera experta…
CIUDAD DE MÉXICO.
“Muchos aplausos a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), porque, al igual que con las resoluciones sobre la mariguana y el derecho a decidir en materia de aborto, con la resolución que prohíbe las nalgadas a los niños nos coloca, al menos, en la arena de discusión y lo hace rebasando al Poder Legislativo”.
Ésa es la evaluación de Nashieli Ramírez Hernández, directora de la organización Intervención Social Ririki y una de las más destacadas expertas en México en educación temprana.
En entrevista con Excélsior, la especialista en la crianza en la primera infancia y consultora del tema para la Organización de Educación Iberoamericana (OEI) y Organización Internacional del Trabajo (OIT) celebra que los ministros hayan establecido un precedente para que baste una amenaza o una nalgada para perder la patria potestad.
Afirma que la sentencia de la Corte tiene sustento en el interés superior de los niños y los adolescentes, y considera que se trata de un planteamiento que pone en tela de juicio la cultura dominante en México donde se pretende asumir que una nalgada no es equivalente a golpear.
Recuerda que en la pasada Legislatura, en 2015, cuando se discutió la ley de derechos de la infancia, estaba la propuesta de establecer la prohibición del castigo corporal con fines de corrección.
“Pero los senadores y los diputados se quedaron en la recomendación no en la prohibición”, subraya al sustentar el señalamiento de que una vez más, como en el caso del aborto y la mariguana, la Corte se adelantó a las definiciones parlamentarias.
Para la SCJN, un simple “les voy a pegar si no se aplican en la escuela” o el infligir “golpes leves” podrían ser suficiente motivo para que un padre o madre pierda la patria potestad de sus hijos.
Con esa resolución, los ministros declararon inconstitucional una ley de Guanajuato, que consideraba que los malos tratos eran causal para la pérdida de la patria potestad, pero sólo si colocan en riesgo la salud, seguridad o moralidad de los menores.
Al analizar los alcances de esta definición, la especialista recuerda que cuando en las investigaciones del tema se pregunta si golpean a sus hijos, en promedio, los mexicanos contestan que no, que sólo le dan nalgadas.
“Pero el equivalente en adultos es que si andas por la calle y alguien te da una nalgada, no hay duda que es violencia”, cuestiona.
A juicio de Nashieli Ramírez, la resolución avanza sobre una agenda pendiente, la de asumir como sociedad que no es permisible el uso de golpes y de la violencia con fines correctivos.
“La nalgada es un golpe y punto. Y las formas de crianza al interior de familia impactan sobre la naturalización de la violencia en los niños. Ellos aprenden lo que viven. Y lo que aprenden es que las cosas se resuelven con golpes. Entonces, no nos quejemos del bullying”, argumenta.
Al cuestionar el lugar común de que sólo con una nalgada entienden, la especialista concluye: “señala el dicho que a una mujer no se le toca ni con el pétalo de una rosa. Pues a los niños no se les educa ni con una nalgada”.
“No se pueden justificar nalgadas y cachetadas”
Las nalgadas y cachetadas son violencia y no se justifican con el argumento de padres queriendo corregir a sus hijos, advirtió la Red por los Derechos de la Infancia en México (Redim).
“No se puede pegar a ningún niño, como no se le pega a ningún adulto”, explicó Juan Martín Pérez García, director de la Redim.
Luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que un simple “les voy a pegar si no se aplican en la escuela” o el infligir “golpes leves” podrían ser suficiente motivo para que un padre o madre pierda la patria potestad de sus hijos, Pérez García lo calificó como una excelente noticia para niños y adolescentes, porque permite traducir el artículo 4 constitucional, que establece que en cualquier actuación de las autoridades se tendrá como prioridad el interés superior de la niñez.
En entrevista, el experto en temas de infancia consideró que la sentencia de la Corte es una oportunidad para que la jurisprudencia comience a actualizarse en perspectiva de la Convención sobre los Derechos del Niño, firmada por nuestro país hace 26 años.
Adelantó que es muy posible que grupos conservadores o personas poco informadas en el tema de derechos de la infancia consideren esto como un exceso.
Sin embargo, aclaró que más allá de la mención expresa de las nalgadas, la sentencia de la Corte se refiere a violencia como argumento o motivo para perder la patria potestad