Aprobación de Reglamento de Carnicerías Podría ser Invalidado

* Ante la ausencia del Secretario del Ayuntamiento en Sesión de Cabildo, fue propuesto un regidor para suplirlo, fue electo por votación para que fungiera como tal, es decir, sin voz ni voto, sin embargo, si votó, además no puede dejar de ser regidor por votación de Cabildo.

Por Paty Aguilar
NoticiasPVNayarit

Existe una irregularidad en cuanto a lo legal en la instalación del Pleno de Cabildo del IX Ayuntamiento de Bahía de Banderas del pasado sábado 30 de enero 2016, donde como parte del orden del día se propuso la aprobación del Reglamento de Carnicerías y la aprobación de la propuesta de la conformación del Consejo de Seguridad Municipal que el presidente, José Gómez Pérez, presentaría a los regidores para su análisis y aprobación en su caso.

La irregularidad se presentó por la inasistencia del Secretario del Ayuntamiento, por cuestiones de salud. Según la Ley Municipal para el estado de Nayarit, este puesto lo asigna directamente el alcalde, sin embargo, según explicó el abogado, Enrique Téllez López, el procedimiento para suplirlo no fue legal y es que se propuso que fuera un regidor quien lo supliera, lo cual fue aprobado por votación y el regidor electo para fungir como Secretario fue el edil, David Palomera.

La Ley en mención marca cómo elegir a un presidente cuando el alcalde no asiste por diversos motivos para presidir la Sesión de Cabildo y en este caso, si puede ser sustituido por un regidor, porque ambos fueron electos por votación popular, no así al Secretario del Ayuntamiento, puesto que esto es solo facultad del alcalde, proponerlo de entre sus personal de confianza y el ser secretario tiene facultades específicas y una de ellas, es que no puede votar, por lo tanto no se puede nombrar a un regidor para que lo sustituya porque este tiene que votar, bien a favor, bien en contra o abstenerse.

Entonces, el caso es que aquí se nombró Secretario a uno de los regidores, pero entonces este estuvo votando como Secretario los puntos de acuerdo, lo cual es una irregularidad. Lo que debió hacerse, señaló el abogado, Téllez, es que el alcalde, José Gómez, debió proponer a una persona de su confianza y someterlo a consideración de los regidores para su aprobación en su caso.

Además, en el supuesto caso de que al nombrar Secretario a un regidor y se le haya impedido votar, esa facultad de quitarle su investidura como regidor, esa facultad solo la tiene el Congreso del Estado. En consecuencia, lo que denota esta forma de trabajar en Cabildo por parte del alcalde, José Gómez, es que se va improvisando en contra de lo que establece la Ley en la materia, por lo tanto lo que se aprobó en esta sesión, tiene vicio legal y cualquier ciudadano al que se le aplique este Reglamento, puede ampararse en contra de dicha reglamentación que fue aprobada de manera ilegal.